Ubicación radares de velocidad y Puntos fijos
Infracciones en Puntos Fijos
C24: Conducir motocicleta sin observar las normas establecidas en el presente código, según resolución No 3027 del 26 de julio de 2010, expedida por el ministerio de transporte.
C32: No respetar el paso de peatones que cruzan una vía en sitio permitido para ellos, o no darles la prelación en las franjas para ello establecidas.
C35: No realizar la revisión técnico-mecánica en el plazo legal establecido o cuando el vehículo no se encuentre en adecuadas condiciones técnico-mecánicas o de emisiones contaminantes, aun cuando porte los certificados correspondientes.
C37: Transportar pasajeros en el platón de una camioneta picó o en la plataforma de un vehículo de carga, trátese de furgón o plataforma de estacas.
D02: Conducir sin portar los seguros ordenados por la ley.
D04: No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de "PARE" o un semáforo intermitente en rojo.
D05: Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
D07: Conducir realizando maniobras altamente peligrosas, siempre y cuando la maniobra viole las normas de tránsito que pongan en peligro a las personas o las cosas y que constituyan conductas dolosas o altamente imprudentes.
D08: La ley 2251 del 14 de julio de 2022 modifica el articulo 96 de ley 769 del 2022 y establece en su numeral 3 la obligatoriedad de tener las luces encendidas las 24 horas del dia.
Infracciones en Puntos Moviles
C29: Conducir un vehiculo a velocidad superior a la maxima permitida.
C24: Conducir motocicleta sin observar las normas establecidas en el presente código, según resolución No 3027 del 26 de julio de 2010, expedida por el ministerio de transporte.
C35: No realizar la revisión técnico-mecánica en el plazo legal establecido o cuando el vehículo no se encuentre en adecuadas condiciones técnico-mecánicas o de emisiones contaminantes, aun cuando porte los certificados correspondientes.
D02: Conducir sin portar los seguros ordenados por la ley.